Han sido publicadas, en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC núm. 6604, del 15 d’abril de 2014), la convocatoria y las bases reguladoras de la línea de ayudas en forma de garantía para financiar empresarialmente proyectos autónomos, micro, pequeñas y medianas empresas ORDRE EMO/ 114/2014 que se adjunta.

El objeto de las bases, impulsadas por el Departament d’Empresa i Ocupació de la Generalitat de Catalunya, a través de la Direcció General d’Economia Social i Cooperativa i Treball Autònom i de la Direcció General de Comerç, mediante el Consorci de Comerç, Artesania i Moda de Catalunya (CCAM), es regular la concesión de ayudas en forma de garantía para la financiación de proyectos de emprendedores, de autónomos, micro, pequeñas y medianas empresas, para favorecer la mejora de la competitividad de las empresas catalanas, y reactivar asi la economía catalana mediante la Línia de finançament d’emprenedors, autònoms i comerços. (base 1)

Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayudas los autónomos, micro, pequeñas y medianas empresas con sede social o centro de trabajo en Catalunya (base2).
Se consideran objeto de la ayuda los siguientes tipos de proyectos (base 4):

1. Proyectos de inversión: adquisición de uno o varios activos fijos, materiales o inmateriales, de los incluidos en el grupo 2 del Plan general de contabilidad, incluidos en la consecución de una misma finalidad.
2. Proyectos de circulante: relativos a la actividad del día a día de la empresa como necesidades de tesorería, compra de stocks o financiación de clientes.

Las características de las ayudas son las siguientes: el Departament d’Empresa i Ocupació, mitjançant l’Institut Català de Finances (ICF), responderá del 70% del principal pendiente de cada operación formalizada a través de las entidades financieras colaboradoras (Banc de Sabadell o CaixaBank, sin perjuicio de que el ICF pueda hacer convenios con otras entidades financieras). Previamente a la formalización del préstamo por parte de las entidades financieras colaboradoras, la Direcció General correspondiente, en función de la línea de ayudas solicitada, tendrá que emitir la resolución favorable (base6).

Las condiciones de las operaciones (préstamos o leasings) son:
a) Tipo de interés: euribor a 12 meses, más un diferencial de hasta un máximo de 5,75 puntos.
b) El importe del préstamo será, como mínimo, de 10.000 euros y como máximo de 100.000 euros por beneficiario.
c) El plazo del préstamo es de 5 años
d) La carencia de la amortización son 2 años, incluida en el plazo.
e) El préstamo quedara disponible íntegramente en el momento de la firma.
f) Las garantías serán aquellas que la entidad financiera colaboradora estime oportunas y suficientes para garantizar la operación.
g) Las entidades no podrán imputar ninguna comisión por las operaciones con los beneficiarios finales, excepto una comisión de apertura del 0,5% del importe del préstamo formalizado.

El plazo para la presentación de las solicitudes empieza el día 16 de abril y estará abierto hasta el día 31 de diciembre de 2014 o hasta que se agote el presupuesto para estos conceptos (articulo3).

Las solicitudes se han de presentar a través de la página web del Institud Català de Finances en la dirección http://www.icf.cat, mediante el modelo normalizado que está disponible en la misma página web.

El impreso resultante de la solicitud de la tramitación se tendrá que presentar, en el plazo máximo de 15 dias naturales, en papel y debidamente firmado, presencialmente o por correo, en cualquier punto de la red de Oficinas de Gestió Empresarial, indicadas en el Canal Empresa (http://www.gencat.cat/canalempresa/xarxa), o bien por medios telemáticos a través del Canal Empresa, firmado digitalmente (http://www.gencat.cat/canalempresa). La presentación de las solicitudes también se puede llevar a cabo de acuerdo con los supuestos que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de les administraciones publicas y del procedimiento administrativo común.

Una vez hecha la solicitud se ha de adjuntar la documentación requerida (punto 7.4), telemáticamente, a través de la página web de l’Institut Català de Finances en la dirección http://www.icf.cat (base 7).

ORDRE EMO/114/2014, de 4 d’abril, per la qual s’aproven les bases reguladores de la línia d’ajuts en forma de garantia per al finançament empresarial de projectes d’autònoms, micro, petites i mitjanes empreses, i es fa pública la convocatòria corresponent per a la Línia d’emprenedors, autònoms i comerços per a l’any 2014