Transporte público de mercancías por carretera.

Nuevo año par, volvemos a visar.

Como cada año acabado en número par, se inicia el periodo de visar la tarjeta de transportes de Servicio Público de Mercancías, con el mismo orden establecido según la última cifra del DNI del titular de la autorización.

Para muchos transportistas será la primera vez que tengan que tramitar telemáticamente a través de la página web del Ministerio de Fomento, debido a la reciente implantación del sistema de tramitación telemática a principios de 2017. La documentación necesaria a rasgos generales es la misma que venían solicitando presencialmente en la mayoría de casos.

Los servicios territoriales de transportes encargados que emitir las tarjetas de transportes, gracias a sistemas informáticos y previa autorización, pueden consultar distintos datos de otras administraciones “on line”, facilitando la documentación a aportar.

Es importante tener en cuenta que al tener acceso a más datos, hay casos en los puede causarnos algún incidente, demorando el trámite, por ejemplo en caso de no prestar atención al cambio de domicilio fiscal del sujeto pasivo de la autorización de transportes. Si ha cambiado el domicilio fiscal deberá modificarlo en la tarjeta de transportes antes de tramitar el visado pagando la correspondiente tasa, en caso de no haberlo tenido en cuenta puede que después de la espera, entre la tramitación y obtención de la tarjeta, recibirá requerimiento solicitando que realice dicho cambio, imprescindible para obtener la autorización de transportes, necesaria para su actividad los siguientes 2 años.

La tarjeta «estrella» desde la modificación de la LOTT,  por  Ley 9/2013 vigente a partir de Julio de 2013, es la MDL “Superligera” de ámbito nacional.

Disfruta de las grandes ventajas como no necesitar aportar título de capacitación ni capacidad económica.

Cabe tener en cuenta que para obtenerla, precisa disponer de un vehículo de menos de 5 meses de antigüedad  con un PMA inferior a 3500kg.

Esto permite mayor facilidad de obtener la autorización necesaria, invitando a invertir en un vehículo más nuevo y con menos limitaciones territoriales, siendo más rentable y productivo a largo plazo.

Todos los transportistas que venían realizando transporte público con vehículos ligeros y de ámbito autonómico, (Cataluña o Andalucía) han elegido esta modalidad al renovar su vehículo.

Aquí se puede consultar el Baremo Sancionador, con todas las sanciones posibles, indicando su cuantía, en el ejercicio del transporte por carretera.