El pasado viernes finalmente se aprobó en el consejo de ministros la pequeña rebaja fiscal que llevaba días anunciándose. Se articula mediante en una reducción de retenciones a cuenta del IRPF con efectos a partir del 12 de julio, de las cuales queremos destacar:

  • 15% para actividades profesionales con carácter general.
  • 19,5% para consejeros y administradores de entidades suyo importe neto cifra negocios del último periodo impositivo finalizado con anterioridad al pago de rendimientos sea inferior a 100.000 euros.
  • 19,5% para arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos.

Esta última variación va a requerir que sean ajustadas todas las facturas de alquiler de este mes de julio en adelante.

Las de rentas del trabajo serán como hasta la fecha calculadas en base al algoritmo, el cual ha sido ligeramente rebajado también debido a la nueva escala general estatal y del ahorro, aplicables desde el 1 de enero de 2015. Además,  se introduce una nueva letra y) del artículo 7 en la Ley 35/2006, por el que se declaran exentas determinadas prestaciones económicas y ayudas establecidas por las Comunidades Autónomas y Entidades Locales.

En este link se puede ver un cuadro resumen de todas las retenciones aplicables en 2015, con el cambio y las previstas para 2016.